Todos aquellos emprendedores que creen sociedades mercantiles y se constituyan a partir de 1 de enero de 2013. Tributarán al 15% por los primeros 300.000.-Euros de beneficios, tributando el resto o exceso al 20%.
Es muy importante, cumplir con los siguientes requisitos, por lo que no se entenderá iniciada una actividad económica cuando:
1. La actividad económica hubiera sido realizada con carácter previo por otras personas o entidades vinculadas en el sentido del artículo 16 de la ley del impuesto sobre sociedades y transmitida, por cualquier título jurídico, a la entidad de nueva creación.
2. La actividad económica hubiera sido ejercida, durante el año anterior a la constitución de la entidad, por una persona física que ostente una participación, directa o indirecta, en el capital o en los fondos propios de la entidad de nueva creación superior al 50 por ciento.
Tampoco tendrán la consideración de entidades de nueva creación aquellas que formen parte de un grupo en los términos establecidos en el artículo 42 del Código de Comercio, con independencia de la residencia y de la obligación de formular cuentas anuales consolidadas.
Esta rebaja fiscal se podrá aplicar durante los 2 primeros ejercicios en que existan beneficios para la sociedad, por lo tanto, no computando aquellos en que pudieran existir perdidas.
Las medidas aprobadas no son sólo para sociedades. Los autónomos que inicien una nueva actividad económica podrán aplicar una reducción del 20% en los rendimientos netos de su IRPF, que durante los 2 primeros ejercicios en que se obtengan resultados positivos.
Además, aquellos que soliciten el pago unico del desempleo para el inicio de la actividad podrán beneficiarse de la exención completa en el IRPF de las prestaciones por desempleo siempre que el abono de la prestación sea en forma de pago único (hasta ahora estaban exentos sólo hasta 15.500 euros).
Además estas medidas irán acompañadas de una amplia batería de medidas para impulsar la financiación y conseguir que esta fluya de forma suficiente entre las PYMES.
Ver texto original del RD Ley 4/2013, de 22 de febrero, de medidas de apoyo al emprendedor y de estímulo del crecimiento y de la creación de empleo.
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