Devolución de la Renta 2025: cuánto tarda Hacienda, cuánto puedes recibir y qué pasa si tienes deudas

La campaña de la Renta 2025 (IRPF 2025) está en marcha desde el 8 de abril de 2026 y se extenderá hasta el 30 de junio de 2026. Si tu declaración sale a devolver, probablemente te estés preguntando cuánto tardará Hacienda en ingresarte el dinero, cuánto puedes esperar recibir y qué ocurre si tienes alguna deuda pendiente con la Agencia Tributaria.

En este artículo te explicamos todo lo que necesitas saber sobre la devolución de la renta en 2026, con datos actualizados de la propia AEAT.

¿Cuántas declaraciones se han presentado ya en la Renta 2025?

Según los datos publicados por la Agencia Tributaria el 6 de mayo de 2026, en el primer mes de campaña ya se han presentado 7.978.000 declaraciones, un 4,9% más que el año pasado. De ese total, 6.339.000 declaraciones solicitan devolución.

Para toda la campaña, Hacienda prevé recibir 25.251.000 declaraciones, de las cuales 15.706.000 (el 62%) darán derecho a devolución, por un importe global estimado de 13.271 millones de euros.

¿Cuánto tarda Hacienda en devolver la renta 2025?

A fecha de hoy, más de 4.494.000 contribuyentes ya han recibido su devolución, por un importe total de 3.147 millones de euros. El ritmo de devoluciones es un 3,5% superior al del año pasado.

En la práctica, los plazos de devolución dependen de la complejidad de tu declaración:

  • Declaraciones sencillas (sin incidencias): entre 2 y 15 días hábiles. Hacienda inició las primeras devoluciones apenas 48 horas después de abrir la campaña.
  • Declaraciones con discrepancias o revisión: pueden tardar entre 1 y 3 meses. Si la AEAT detecta datos que no coinciden con los que le constan, iniciará una comprobación que retrasa el abono.
  • Declaraciones con compensación de deudas: la devolución puede no llegar o llegar reducida (te explicamos esto más abajo).
  • Plazo legal máximo: Hacienda tiene hasta el 31 de diciembre de 2026 (6 meses desde el fin de la campaña) para abonar la devolución. Si se excede, debe pagarte intereses de demora.

En la campaña anterior (Renta 2024), la AEAT llegó a devolver al 97,5% de los solicitantes antes de final de año, por un importe de 13.094 millones de euros.

¿Cuánto dinero puede devolverte Hacienda?

El importe medio de devolución en la campaña actual ronda los 700 euros por declaración, según los datos de la AEAT. Sin embargo, la cantidad varía mucho según cada situación personal:

  • Trabajadores por cuenta ajena con retenciones excesivas en nómina: entre 400 y 900 euros. Especialmente los que tienen ingresos entre 22.000 y 35.200 euros anuales, por el desajuste en las tablas de retención del IRPF.
  • Contribuyentes con deducciones autonómicas no aplicadas automáticamente: entre 100 y 300 euros adicionales. Muchos contribuyentes no las aplican y dejan dinero sobre la mesa.
  • Autónomos con pagos fraccionados superiores a la cuota final: la devolución puede ser significativa si los modelos 130/131 han sido generosos.

¿Por qué Hacienda me devuelve dinero?

Hacienda te devuelve dinero cuando durante el año has pagado más impuestos de los que realmente te correspondían. Esto ocurre principalmente por tres motivos:

  1. Retenciones en nómina superiores al impuesto real. Tu empresa te retiene un porcentaje de IRPF cada mes basado en una estimación. Si esa estimación fue alta (por ejemplo, porque no comunicaste correctamente tu situación familiar con el modelo 145), habrás pagado de más y Hacienda te devuelve la diferencia.
  2. Deducciones que no se aplican durante el año. Deducciones por vivienda habitual, maternidad, familia numerosa, personas con discapacidad a cargo o deducciones autonómicas solo se aplican al hacer la declaración, no durante el año. Eso genera una devolución.
  3. Pagos fraccionados de autónomos. Si eres autónomo y has ido haciendo pagos trimestrales (modelo 130/131) por encima de tu cuota final, la diferencia te la devuelven.

¿Qué pasa si tengo deudas con Hacienda? La compensación de oficio

Aquí viene el punto que muchos contribuyentes desconocen y que genera los mayores disgustos: si tienes deudas pendientes con la Agencia Tributaria, Hacienda puede quedarse con tu devolución para saldarlas. Es lo que se llama compensación de oficio.

La compensación es un mecanismo legal (artículo 73 de la Ley General Tributaria) que permite a la AEAT utilizar cualquier devolución que te corresponda para cubrir deudas tributarias pendientes. En otras palabras: si Hacienda te debe dinero, pero tú le debes a Hacienda, antes de devolverte nada, se cobrará lo que le debes.

¿A quién afecta más la compensación?

Aunque cualquier contribuyente con deudas puede verse afectado, hay perfiles especialmente sensibles:

  • Autónomos con aplazamientos: muchos autónomos fraccionan el pago de IVA o IRPF, o tienen cuotas de Seguridad Social pendientes. Estas deudas, aunque estén en plazo de pago, pueden ser objeto de compensación automática.
  • Contribuyentes con errores en declaraciones anteriores: errores en las retenciones o en declaraciones de años anteriores pueden generar deudas que no siempre se notifican con claridad, pero que bloquean devoluciones futuras.
  • Pymes con modelos 111, 303 o 130 pendientes: pequeñas empresas que hayan tenido problemas con estos modelos también pueden encontrarse con que su devolución se consume al cubrir estos saldos.

¿Cómo funciona el proceso de compensación?

Cuando presentas tu declaración con resultado a devolver, la AEAT inicia una revisión automatizada para comprobar si tienes deudas con la Administración. Si las tienes, el proceso es el siguiente:

  1. Hacienda identifica la deuda. El sistema cruza tus datos automáticamente con las bases de datos de deudas tributarias, multas de tráfico, deudas con la Seguridad Social y otros organismos públicos.
  2. Se emite un acuerdo de compensación. Hacienda te notifica que va a aplicar la compensación, detallando la deuda que se cubre y el importe que se detrae de tu devolución.
  3. Se abona la diferencia (si la hay). Si tu devolución es superior a la deuda, recibirás la diferencia. Si la deuda es mayor que la devolución, no recibirás nada y la deuda quedará parcialmente saldada.

¿Qué puedo hacer si no estoy de acuerdo con la compensación?

Si no estás conforme con la compensación aplicada, tienes dos vías:

Presentar alegaciones ante la propia Agencia Tributaria, explicando por qué consideras que la deuda no es correcta o ya está saldada.

Interponer un recurso económico-administrativo, un procedimiento más formal que conviene afrontar con el apoyo de un asesor fiscal, especialmente si el importe es significativo.

Cómo anticiparte y evitar sorpresas con tu devolución

La mejor estrategia es revisar tu situación fiscal antes de presentar la declaración:

  • Consulta tus deudas pendientes en la sede electrónica de la AEAT (apartado «Mis expedientes») antes de presentar la declaración.
  • Regulariza aplazamientos o fraccionamientos vencidos para evitar que bloqueen tu devolución.
  • Verifica que los datos fiscales de la AEAT coinciden con tu información real (rendimientos del trabajo, retenciones, pagos fraccionados).
  • No olvides las deducciones autonómicas de la Comunidad de Madrid: pueden suponer entre 100 y 300 euros adicionales.
  • Si eres autónomo, comprueba que la AEAT ha imputado correctamente tus pagos fraccionados (modelo 130/131). Un desajuste puede retener tu devolución.

¿Cómo consultar el estado de tu devolución?

Puedes consultar en qué estado se encuentra tu devolución en la sede electrónica de la AEAT, accediendo con certificado digital, DNI electrónico o Cl@ve PIN. También puedes hacerlo desde la app de la Agencia Tributaria, en el apartado de estado de tramitación.

Si tu declaración aparece como «tramitada» pero no has recibido el ingreso, es posible que esté en proceso de compensación o pendiente de una comprobación.

Plazos clave de la campaña de Renta 2025

  • 8 de abril de 2026: inicio de presentación online y por app.
  • 6 de mayo de 2026: inicio del plan «Le Llamamos» (asistencia telefónica personalizada).
  • 25 de junio de 2026: límite para declaraciones a ingresar con domiciliación bancaria.
  • 30 de junio de 2026: fin de la campaña.
  • 31 de diciembre de 2026: plazo máximo legal para que Hacienda abone las devoluciones. Si se excede, debe pagar intereses de demora.

Preguntas frecuentes sobre la devolución de la renta 2025

¿Puede Hacienda devolver más de lo retenido? Sí, es posible. Si tienes deducciones (maternidad, familia numerosa, discapacidad) que superan lo retenido, Hacienda puede devolverte más de lo que te descontaron en nómina.

 

¿Qué pasa si Hacienda me devuelve de más? Si detectas que te han devuelto un importe superior al correcto, lo recomendable es presentar una declaración rectificativa cuanto antes. Si Hacienda lo detecta primero, te reclamará el exceso con intereses.

 

¿Cuánto es lo máximo que devuelve Hacienda? No hay un límite fijo. El importe depende de la diferencia entre lo retenido/pagado y lo que realmente correspondía según tu declaración. La media en esta campaña es de unos 700 euros.

 

¿Si debo dinero a Hacienda me devuelven la declaración? Hacienda compensará tu devolución con la deuda pendiente. Si la devolución es mayor que la deuda, recibirás la diferencia. Si es menor, no recibirás nada y la deuda quedará parcialmente cubierta.

 

¿Cuánto tarda Hacienda en devolver si hay requerimiento? Si la AEAT te envía un requerimiento o inicia una comprobación, la devolución queda bloqueada hasta que se resuelva. Responder rápido al requerimiento es clave para acelerarla.

En Contamar te ayudamos con tu Renta 2025

Las situaciones complejas o con varias deudas abiertas requieren visión estratégica y técnica. En Contamar nos encargamos de revisar tu caso y planificar contigo una Renta sin sobresaltos.

Analizamos tu expediente, detectamos posibles incidencias con la AEAT (compensaciones, requerimientos, discrepancias) y te ayudamos a presentar tu declaración con la tranquilidad de que está bien hecha.

Si este año esperas una devolución, lo más prudente es no dar nada por hecho sin revisar antes tu situación fiscal. Contacta con nosotros y te asesoramos.

 

Preguntas frecuentes, te contestamos: 

 

Pregunta 1: ¿Cuánto tarda Hacienda en devolver la renta 2025?

Respuesta: Las declaraciones sencillas se devuelven en 2-15 días hábiles. A fecha de mayo de 2026, más de 4,4 millones de contribuyentes ya han recibido su devolución. El plazo legal máximo es el 31 de diciembre de 2026.

 

Pregunta 2: ¿Puede Hacienda devolver más de lo retenido?

Respuesta: Sí. Si tienes deducciones por maternidad, familia numerosa o discapacidad que superan las retenciones, Hacienda puede devolverte más de lo que te retuvieron en nómina.

 

Pregunta 3: ¿Qué pasa si tengo deudas con Hacienda?

Respuesta: Hacienda puede compensar tu devolución con deudas pendientes. Si la devolución supera la deuda, recibirás la diferencia. Si no, la devolución se aplica íntegramente a la deuda.

 

Pregunta 4: ¿Cuánto es la media de devolución de la renta 2025?

Respuesta: La AEAT ha abonado una media de 700 euros por declaración en la campaña 2025. Contribuyentes con ingresos entre 22.000 y 35.200 euros pueden recibir entre 400 y 900 euros.

 

 

En Contamar llevamos más de 36 años asesorando y realizando servicios de Campaña de Renta, con especial presencia en Pinto y zona sur de Madrid (Valdemoro, Getafe, Parla…).

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