Si tienes bienes en el extranjero por valor superior a 50.000 euros y resides en España, hay una cita que no puedes pasar por alto: la presentación del modelo 720. Y sí, aunque ha sido objeto de debate legal en Europa, sigue siendo obligatorio. Aquí te contamos todo lo que necesitas saber para cumplir con Hacienda sin sustos ni sanciones.

¿Qué es el modelo 720?

El modelo 720 es una declaración informativa que deben presentar las personas físicas o jurídicas residentes en España cuando tienen bienes o derechos en el extranjero cuyo valor conjunto supera los 50.000 euros. No se trata de pagar impuestos, sino de informar. Pero no hacerlo —o hacerlo mal— puede salir muy caro.

Aunque el Tribunal de Justicia de la Unión Europea tumbó algunas de sus sanciones por considerarlas desproporcionadas, el modelo sigue en vigor. El Gobierno español ha ajustado las normas para alinearlas con el Derecho europeo, pero la obligación de informar permanece intacta.

¿Quién está obligado a presentar el modelo 720?

Estás obligado a presentar el modelo 720 si:

  • Eres residente fiscal en España.
  • Tienes bienes o derechos en el extranjero por un valor total superior a 50.000 euros.
  • Eres titular, autorizado, beneficiario, representante o tienes algún poder de disposición sobre dichos bienes.

También deben presentarlo los establecimientos permanentes en España de entidades no residentes.

Importante: solo debes presentarlo si superas el umbral de 50.000 euros en alguna de las tres categorías de bienes que detalla el modelo.

¿Qué hay que declarar en el modelo 720?

La declaración se divide en tres bloques:

  1. Cuentas bancarias en el extranjero: donde seas titular, autorizado o tengas acceso.
  2. Valores, seguros y rentas: acciones, participaciones, seguros de vida, rentas vitalicias, etc.

  3. Inmuebles situados fuera de España: tanto si eres propietario como si tienes derechos sobre ellos.

Si ya presentaste el modelo en años anteriores, solo tendrás que volver a presentarlo si el valor de alguno de estos bloques ha aumentado más de 20.000 euros o si ha habido alguna cancelación o cambio de titularidad.

¿Cuándo se presenta el modelo 720?

El plazo para presentar el modelo 720 es del 1 de enero al 31 de marzo del año siguiente al que se refiere la información. Es decir, si hablamos de datos de 2024, tienes hasta el 31 de marzo de 2025 para presentarlo.

Si hay problemas técnicos que te impiden presentarlo en plazo, puedes enviarlo durante los tres días naturales siguientes.

¿Cómo se presenta el modelo 720?

La presentación es 100% online, a través de la sede electrónica de la Agencia Tributaria. Necesitarás:

  • Certificado digital o DNI electrónico (o Cl@ve PIN si eres persona física).

  • Rellenar el formulario web o subir un fichero .720 válido.

Opción 1: formulario online

  1. Accede a la sede electrónica de la AEAT y busca el modelo 720.

  2. Identifícate con tu certificado o Cl@ve PIN.

  3. Elige entre crear una nueva declaración o recuperar una guardada.

  4. Completa los apartados obligatorios (las casillas marcadas con * son clave).

  5. Valida la declaración para comprobar errores.

  6. Revisa el borrador en PDF.

  7. Firma y envía. Si todo está correcto, recibirás un justificante con número de registro.

Opción 2: mediante fichero 720

Si has generado un archivo .720 (con el programa de ayuda de la AEAT o similar), también puedes usar esta vía:

  1. Sube el fichero a través de la sede electrónica.

  2. Valida los registros (verás los correctos y los erróneos).

  3. Puedes presentar los válidos y corregir los que fallen para presentarlos más tarde.

Consejo: guarda tu trabajo frecuentemente para no perder datos por inactividad.

¿Qué ha cambiado en el modelo 720 tras la sentencia europea?

Hasta 2022, las sanciones por errores o retrasos en la presentación del modelo 720 eran extremadamente duras: podían alcanzar el 150% del valor no declarado. Eso se acabó.

Desde la sentencia del TJUE y los ajustes normativos posteriores:

  • El delito prescribe a los cuatro años, como en el resto de infracciones fiscales.

  • Las sanciones se ajustan al régimen general, con un máximo del 50% de la cuota defraudada.

  • Se elimina la presunción de origen ilegal sobre el patrimonio no declarado.

El modelo sigue siendo obligatorio, pero con un marco legal más razonable.

¿Qué pasa si no presento el modelo 720?

Aunque ya no te caerá una multa del 150%, sigue habiendo sanciones si no cumples. Las multas ahora se ajustan a la ley general tributaria, pero no presentar el modelo o hacerlo mal puede suponer problemas:

  • Sanción proporcional al 50% del impuesto asociado.

  • Multas específicas por datos erróneos u omitidos.

  • Posible investigación sobre el origen de los fondos.

El modelo 720 puede parecer una simple declaración informativa, pero su omisión puede traer consecuencias. Por eso es fundamental saber si estás obligado a presentarlo, preparar bien la documentación y no esperar al último momento.

¿Tienes bienes en el extranjero y dudas sobre cómo cumplimentarlo? Mejor consultar con un asesor fiscal antes de que Hacienda llame a tu puerta.

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